“El Ministerio de Salud Pública ha emitido el pasado jueves 9 de junio un nuevo comunicado referente al uso de tapabocas, en virtud de la situación epidemiológica actual, que evidencia un aumento en los casos de COVID-19 en las últimas semanas.
En primer lugar, se establece el uso obligatorio de mascarilla facial para los casos de:
(i) personas con síntomas respiratorios que mantengan contacto con otras personas por el plazo en que duren dichos síntomas, hasta que se establezca el diagnóstico;
(ii) personal sanitario con atención regular directa a público o pacientes;
(iii) todo usuario y acompañante que ingrese y/o permanezca en un centro de salud, incluyendo proveedores, y
(iv) funcionarios a cargo del cuidado de grupos vulnerables.
Adicionalmente, con el mismo objetivo, se dispone el uso altamente recomendado de mascarilla facial a personas que, sin cursar síntomas, se encuentren en las siguientes situaciones:
(i) usuarios de medios de transporte colectivo, a nivel urbano, suburbano, interdepartamental e internacional;
(ii) personas que permanezcan en refugios, establecimientos de reclusión o instituciones de similares características;
(iii) personas que se encuentren en espacios donde se sospeche la ocurrencia de un brote de enfermedad respiratoria aguda;
(iv) personas que permanezcan al cuidado de personas no vacunadas, como niños menores de 5 años, entre otros;
(v) en espacios cerrados con aglomeración de personas, y
(vi) elaboradores y manipuladores de alimentos.
En suma, las nuevas medidas pretenden minimizar la transmisión del virus SARS-CoV-2 y otros agentes virales, enfatizando las medidas no farmacológicas y la inmunización que ofrece el plan de vacunación.”