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Aprobación Ley Federica

02/12/2021

El pasado 9 de noviembre, el Senado aprobó a tapas cerradas la Ley Federica que tenía ya media sanción por parte de la Cámara de Representantes.

La ley introduce cambios en el régimen actual de subsidio por maternidad y el periodo de inactividad para padres de conformidad con lo siguiente:

  1. Ante partos múltiples o de niños que pesen menos de 1.5 kilos, el subsidio por maternidad se extenderá a sola opción de la beneficiaria hasta las 18 semanas. Extendiéndolo en cuatro semanas.
  2. Independientemente de la fecha de parto, en caso de nacimientos donde el recién nacido presente algún trastorno, enfermedad, comorbilidad o afección que impliquen un riesgo o compromiso de vida del recién nacido o sin implicar riesgo de vida involucra discapacidades sensoriales, físicas o intelectuales, el subsidio por maternidad podrá extenderse, a opción de la madre, hasta los seis meses del menor. Asimismo, en estos casos al termino del periodo del subsidio por maternidad, el subsidio para cuidados (medio horario) se extenderá hasta los nueve meses de edad del menor.
  3. Ante partos prematuros, el subsidio por maternidad se extenderá, a sola opción de la madre, según el caso: i. hasta las 14 semanas post parto u 8 semanas de la fecha presunta original, lo que sea mayor, si el parto sucede a partir de las 34 semanas de gestación; ii. hasta las 18 semanas post parto u 8 semanas de la fecha presunta original, lo que sea mayor, si el parto sucede hasta las 33 semanas de gestación inclusive.
  4. El periodo de inactividad compensada para padres, se extiende hasta un máximo de 30 días corridos posteriores al parto, en los casos detallados en a a c.

La ley aclara expresamente que resulta aplicable a partir de los nacimientos que se sucedan una vez que entre a regir la misma.